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¿Qué delitos podría enfrentar el tránsito de Irapuato que no intervino en homicidio en el Centro Histórico?

El caso del agente que presenció un asesinato sin actuar ya es investigado por autoridades; expertos señalan posibles cargos como omisión de auxilio y responsabilidades administrativas.

El tránsito Municipal que no hizo nada mientras dos hombres asesinaban a un automovilista en pleno Centro Histórico es investigado tanto por el Gobierno Municipal a través de la Unidad de Asuntos Intentos como por la Procuraduría de los Derechos Humanos de Guanajuato y la Fiscalía General del Estado.

Pese a las críticas en contra del elemento por parte de la ciudadanía, a través de las redes sociales, el secretario del Ayuntamiento, Rodolfo Gómez Cervantes advirtió que se deben tomar varios elementos antes de emitir juicios en torno a esta situación, por lo que reiteró que el elemento cuenta con todo el respaldo.

“Es un derecho que tiene que tener cualquier ciudadano y es un derecho establecido en la Constitución y es un tema que se deberá resolver desde la Secretaría de Seguridad Ciudadana y no se puede dejar de ver que es un elemento que pertenece a nuestra corporación y tendrá todo el apoyo y asesoría que requiera”

Rodolfo Gómez Cervantes / secretario del Ayuntamiento

Violencia alcanza el corazón de Irapuato: mata a hombre frente a tránsito había un tránsito en el lugar

Rodolfo Gómez no quiso abundar ni precisar si el elemento de Tránsito Municipal se encontraba solo, iba armado o si debió o no actuar al momento en el que iba en una patrulla que estuvo presente en el momento preciso que dos sujetos acabaron con la vida de un automovilista.

“Habrá que ver qué arrojan las investigaciones con la información necesaria y que las autoridades competentes hagan una determinación al respecto. Se tendrá que ser muy cuidadoso para no generar juicios, pero que hay muchos elementos que se deben de considerar”

Rodolfo Gómez Cervantes / secretario del Ayuntamiento

Prodheg abre investigación contra tránsito.

La Procuraduría de los Derechos Humanos de Guanajuato (Prodheg) abrió una investigación en contra del elemento de Tránsito Municipal registrada bajo el número 0356/20526, según dio a conocer el Milenio a través de sus plataformas digitales.

Esta investigación busca esclarecer si existe o no una violación a los Derechos Humanos derivados de la actuación o falta de intervención por parte del elemento de Tránsito Municipal que no prestó ayuda a un ciudadano en riesgo, que finalmente terminó con la vida de esa persona.

Cabe recordar que la actuación de Tránsito está puesta en debate debido a la filtración de un video de seguridad de la Secretaría de Seguridad Ciudadana en donde se aprecia el momento justo del homicidio de un automovilista en pleno Centro Histórico, junto a la Presidencia Municipal de Irapuato.

En el video de 44 segundos, se observa como en el segundo 19, una unidad de tránsito pasa justo en el momento que un hombre dispara en contra de un automovilista para después seguir su camino, pero debido a que, al parecer hay un alto en el lugar, la patrulla permanece ahí durante los segundos en que los delincuentes asesinan al hombre y después huyen.

Después como si nada, sigue su camino de manera normal, situación que desató la indignación ciudadana.

¿Los tránsitos están armados en Irapuato?

En Irapuato sólo algunos elementos de Tránsito Municipal están armados, incluso en el 2021, el entonces secretario de Seguridad Ciudadana, Miguel Ángel Simental señaló que sólo el 50 por ciento de los elementos de la corporación adscritos al área de Tránsito Municipal contaban con armas, debido a la disponibilidad de armamento y a que el elemento debía de haber pasado los exámenes de Control y Confianza y ser considerado un Policía Vial y no sólo un auxiliar de tránsito.

A partir de finales de 2019, bajo la administración de Ricardo Ortiz Gutiérrez, se inició una reestructuración para que Tránsito Municipal se integrara operativamente a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, en donde se dictaron los criterios para tener esta categoría en donde tener aprobados los exámenes de Control y Confianza serían básicos para acceder a esta responsabilidad.

https://www.youtube.com/shorts/W7Aok6ESFk8

En la pasada administración, el primero periodo de gobierno de Lorena Alfaro García, debido a que no todos estaban armados, se implementó una estrategia de patrullaje donde un agente de tránsito sin arma era acompañado por un policía municipal armado para garantizar su protección.

El debate sobre su armamento se intensificó tras ataques directo; como el ocurrido en marzo de 2024, dos agentes (Karina y Antonio) fueron asesinados en el bulevar Solidaridad. Los reportes indicaron que, aunque eran operativos, el ataque fue tan repentino que no pudieron utilizar sus armas de cargo.

¿De qué sería acusado el tránsito de Irapuato que no hizo nada durante asesinato?

1. Responsabilidad Penal (Delitos) | La Fiscalía General del Estado (FGE) puede imputar delitos específicos basados en el Código Penal del Estado de Guanajuato:

  • Omisión de Auxilio: El artículo 163 sanciona a quien, pudiendo prestar auxilio a una persona en peligro amenazada de un mal grave, no lo haga. En el caso de un policía, la pena se agrava porque tiene un “deber de cuidado” legal.
  • Abandono de Funciones / Incumplimiento del Deber: Se castiga al servidor público que falte a las obligaciones de su cargo (proteger la integridad de las personas).
  • Encubrimiento por Omisión: Si se determina que la falta de acción facilitó la huida de los agresores, la responsabilidad podría escalar.

2. Responsabilidad Administrativa| Esta es la que ya está ejecutando el Consejo de Honor y Justicia de Irapuato. Las sanciones pueden ser:

  • Cese definitivo: La baja de la corporación sin posibilidad de reingreso (inhabilitación).
  • Suspensión: Separación del cargo mientras dura la investigación.
  • Pérdida de la Licencia de Armas: Al demostrar falta de criterio o capacidad de respuesta, pierde el derecho a portar armamento oficial.

3. El “Deber de Actuar” vs. Seguridad Personal | Legalmente, un policía tiene lo que se llama “Posición de Garante”. Esto significa que:

  • Obligación Superior: A diferencia de un civil, el policía está obligado por ley a intervenir para proteger la vida de terceros, incluso si hay riesgo.
  • Uso de la Fuerza: Como agente armado, tiene la facultad legal (y la obligación) de usar su arma de cargo para repeler una agresión letal en curso, según la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza.

¿Por qué podría no ser detenido de inmediato?

Análisis del Dolo: La Fiscalía debe probar si el agente no actuó por miedo (culpa/falta de capacitación) o por complicidad (dolo).

Protocolo de Investigación: Necesitan los peritajes del video para confirmar que el agente tenía visibilidad clara y tiempo de reacción suficiente.


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